Aunque todavía es pronto para saber las condiciones en las que los bancos ofrecerán los préstamos que el Gobierno va a avalar a las empresas y autónomos afectados por la crisis del coronavirus, desde IDF ALL FINANCING queremos informaros de lo que nosotros sabemos. Advertimos que son solo rumores, provenientes de fuentes fiables, pero que en una situación de alarma como la actual pueden cambiar en cualquier momento.
Si ayer ya supimos el porcentaje que avalará el Estado y los plazos, todavía está pendiente conocer las condiciones de estos préstamos, el coste para los bancos del plan de avales o los criterios para conceder esta financiación.
Criterios de control de concesión del riesgo
Aunque se comenta que se van a seguir aplicando los mismos que hasta ahora, se prevé que estos sean más restrictivos. ¿Qué aspectos pueden tener en cuenta las entidades financieras para prestar dinero?
- Capacidad de pago: se va a analizar detalladamente que la empresa genere la suficiente caja (cash flow) como para que pueda hacer frente al pago de las cuotas del préstamo solicitado.
- Solvencia: algunas entidades van a exigir que la empresa tenga unos fondos propios que supongan, al menos, el 20% de su balance.
- Antigüedad: está siendo uno de los criterios que más controversia está teniendo. La entidad puede exigir que la empresa tenga un histórico como cliente de, al menos, 2 años. En este caso, cientos de empresas se quedarían fuera.
Condiciones financieras:
- Tipo de interés: el Gobierno no ha impuesto ningún criterio, apelando a la responsabilidad de la banca. Los expertos apuntan que va a estar por debajo de los tipos que se concedían antes de la crisis del COVID. Se habla de tipos en torno al 1,50%, pero dependerá de cada entidad bancaria. Así la banca va a tener flexibilidad para marcar los precios definitivos y esto se hará en función del rating (calificación) que la empresa tenga en la entidad.
- Coste del aval: es el coste que tiene para el banco que el Gobierno garantice el riesgo de impago del cliente. Las fuentes consultadas no creen que este coste se pueda imputar al cliente, pero es una cuestión que se tiene que determinar. Este coste podrá variar en función del importe solicitado y/o en función del plazo del préstamo. Así: *Operaciones a un año: 0,20% / *Entre uno y tres años: 0,30% / *Y para plazos de más de tres años hasta cinco: 0,80%.
- Otras comisiones: las entidades podrá aplicar otro tipo de comisiones como la de gestión y administración de este tipo de préstamos ICO.